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Por un fallo de la Corte ya no hay límites a la venta de tierras a extranjeros

Por un fallo de la Corte ya no hay límites a la venta de tierras a extranjeros
Dufume

Un DNU de 2023 de Milei había derogado la ley de Tierras; luego un fallo frenó el decreto, pero ahora el máximo tribunal dejó sin efecto esa sentencia

AI
  • 🏛️ La Corte Suprema dictó un fallo que, en la práctica, quita los límites a la venta de tierras a extranjeros al restablecer el artículo 154 del megadecreto 70/23 de Milei (2023).
  • 📜 El artículo 154 deroga la Ley de Tierras y sus límites para la venta de tierras a extranjeros.
  • 🪖 Los excombatientes del conflicto de Malvinas presentaron una acción de inconstitucionalidad, alegando legitimidad por defender la soberanía, argumento que la Corte rechazó.
  • ⚖️ La Corte Suprema fue crítica con tribunales inferiores por otorgar capacidad de acción colectiva a actores sin la representatividad adecuada.
  • 🔁 Un tribunal ya había declarado inconstitucional el artículo 154; la Corte Suprema revocó ese fallo.
  • 💬 El constitucionalista Andrés Gil Dominguez afirmó que, según el fallo, podrían comprar tierras rurales cualquier persona o Estado extranjero, sin límites (incluidas zonas de frontera).
  • ⏳ Noticia en desarrollo.

La Corte Suprema dictó un fallo que, en la práctica, quita los límites a la venta de tierras a extranjeros, al poner una vez más en vigencia un artículo del megadecreto de Javier Milei de 2023.

Se trata del artículo 154 del megadecreto 70/23, del inicio del gobierno de Milei.

Ese artículo, que derogaba la ley de Tierras y, por lo tanto, sus límites a la venta de tierras a extranjeros, había sido frenado por una presentación de inconstitucionalidad del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM).

Los excombatientes alegaron que estaban legitimados en tanto defensores de la soberanía nacional, pero ese argumento fue rechazado por la Corte Suprema.

En su fallo, la Corte fue muy crítica al advertir a los tribunales inferiores sobre reconocerles capacidad de iniciar acciones colectivas a actores que no tienen esa representatividad.

Un tribunal había dictado la inconstitucionalidad del artículo 154 del decreto de necesidad y urgencia 70/23 que derogaba la Ley de Tierras.

La Corte Suprema revocó ese fallo.

El constitucionalista Andrés Gil Dominguez, sostuvo en las redes que a partir del fallo “cualquier persona física o jurídica extranjera o cualquier Estado extranjero pueden comprar toda la tierra rural a donde quieran -incluida las zonas de frontera- sin límite alguno”.

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