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Se actualiza este mes el esquema de Ganancias: quiénes pagarán y qué cambia en los próximos meses

Se actualiza este mes el esquema de Ganancias: quiénes pagarán y qué cambia en los próximos meses
Dufume
economia

Con el reajuste, el salario neto promedio más bajo para tributar quedará este año en alrededor de $2,9 millones para quienes no deducen familiares ni gastos; cómo se aplicará la actualización según el dato de inflación que se conocerá mañana

AI
  • 💼 Actualización del esquema de Ganancias y de la tabla del monotributo este mes, con aumento de umbrales y tarifas y subida del mínimo sujeto a impuesto.
  • 📈 La subida se basará en el índice de inflación del primer semestre, conforme la ley 27.743/2024.
  • 🔎 Indec publicará mañana la variación del IPC de junio para confirmar el dato semestral.
  • 🧮 En Ganancias, el impacto pleno del índice semestral se dará cuando se haga la liquidación final de 2026 (para sueldos de 2026), que se calculará en 2027 (abril).
  • 📊 Mientras tanto, los ingresos del semestre actual tendrán descuentos con una actualización parcial basada en la inflación del semestre.
  • 💰 Para un trabajador asalariado sin deducciones, el salario neto mínimo sujeto al tributo será de ≈ 2,91 millones (bruto ≈ 3,5 millones).
  • 🧩 El cálculo de retenciones mensuales actuales se basará en una actualización parcial; podrían descontarse desde ≈ 2,7 millones netos (≈ 3,25 millones brutos), según lo cobrado hasta ahora en 2026.
  • 👨‍👩‍👧‍👦 Con dos hijos menores, el piso para 2026 quedaría en ≈ 3,39 millones netos al mes (≈ 4,1 millones brutos).
  • 📈 Con el reajuste, suben las tablas de alícuotas y los límites de deducción, aliviando la carga fiscal para ciertos ingresos.
  • 🧾 Empleadores deben recalcular a la baja las retenciones de junio y aplicar los valores actualizados a partir de julio.
  • 💳 También aumentan los topes de deducción por gastos personales como educación, alquiler, servicio doméstico, entre otros.
  • 🧭 Para aprovechar estas deducciones, hay que usar Siradig-Trabajador en ARCA (clave fiscal) para declarar los gastos y datos necesarios.
  • 🧰 Principales deducciones destacadas: hijos, cónyuge, alquileres (dos modalidades), servicio doméstico, medicina prepaga, honorarios médicos, donaciones, seguros de vida o retiro, gastos de educación, intereses de vivienda y gastos de indumentaria/equipamiento para el trabajo.

Los valores del esquema de cálculo de Ganancias tendrán una actualización este mes, que producirá que se incremente el salario más bajo a partir del cual se paga el impuesto y, a la vez, hará que se alivien los montos de la carga fiscal para quienes están alcanzados. Además, se reajustarán los números de la tabla del monotributo, tanto los de las facturaciones admitidas en cada una de las categorías, como los importes a pagar mensualmente.

En ambos casos, el porcentaje de referencia para la suba de los valores será el índice de inflación del primer semestre del año, porque eso es lo que establece la ley 27.743, aprobada en 2024. Esa información se conocerá mañana, cuando el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) difunda la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de junio. Si el indicador correspondiente al mes pasado se ubica entre el 1,9% y el 2,1%, tal como estimaron varias consultoras privadas, entonces el dato semestral de inflación rondará el 17%.

En Ganancias, sin embargo, se da una particularidad. De acuerdo con la manera en que ARCA aplicó las últimas actualizaciones, ese índice de inflación semestral impactará plenamente en el esquema solo en el momento en que se haga la cuenta definitiva del impuesto por todo lo cobrado en 2026, algo que ocurrirá con los sueldos de abril de 2027.

Mientras tanto, los ingresos cobrados durante el actual semestre (incluyendo los ya percibidos en julio) tendrán descuentos del tributo que se calcularán utilizando un esquema con una actualización parcial (parcial, en función del índice inflacionario del semestre).

Como resultado de ello, en el caso de un trabajador asalariado que no aplica deducciones ni por gastos ni por familiares, el salario más bajo sujeto al tributo será de aproximadamente $2,91 millones en neto, cifra que equivale a una remuneración bruta de unos $3,5 millones.

Como se consignó, ese número es válido para el cálculo que, respecto del impuesto definitivo de 2026, se hará ya durante el año próximo. El cálculo de las retenciones que sufren cada mes los salarios se hará en el actual semestre, en cambio, sobre la base de un esquema con un reajuste que todavía no contempla el índice inflacionario completo del período de enero a junio. En consecuencia, podría haber descuentos a partir de un salario neto de $2,7 millones, que equivale a una remuneración bruta de alrededor de $3,25 millones (la imposición depende también de lo que se haya cobrado en los meses que ya pasaron de 2026).

En el caso de un empleado que deduce dos hijos menores de 18 años, el piso salarial para el impuesto por todo 2026 rondaría un promedio mensual de $3,39 millones (equivale a un bruto de aproximadamente $4,1 millones). Pero en los próximos meses podría haber retenciones en salarios inferiores, y esos importes luego se compensarán.

Con el reajuste, no solo se incrementan los pisos de ingresos mínimos alcanzados por el impuesto, sino también los valores de la tabla de alícuotas que define de cuánto es la carga fiscal en cada caso. A iguales remuneraciones en términos nominales, entonces, se aliviará el tributo para quienes tienen sus ingresos gravados.

Los parámetros ya reajustados son válidos para el cálculo de las retenciones de los sueldos percibidos desde el primer día de julio. Por esta razón, los empleadores deberán hacer una corrección a la baja de lo descontados de los salarios de junio, si es que fueron abonados este mes. Es decir, deberán recalcular el monto teniendo en cuenta los valores actualizados del esquema impositivo, y compensar la diferencia.

También se incrementan, en el mismo porcentaje que el resto de las variables, los montos máximos que pueden deducirse (descontarse) del ingreso sujeto al impuesto por determinadas erogaciones personales, como la de salarios del servicio doméstico, la de gastos destinados a la educación de los hijos y la del alquiler de la vivienda.

Para aliviar el paso de Ganancias es posible declarar determinados gastos, además de familiares a cargo.

Para hacerlo, se debe ingresar en la página de ARCA con clave fiscal y buscar el servicio interactivo Siradig-Trabajador, que es el sistema para informar los datos que se utilizarán para la liquidación del impuesto.

Las principales deducciones son las siguientes.

• Hijos: deben ser menores de 18 años o estar incapacitados para el trabajo. Puede tomar el 100% del monto deducible uno de los padres, o bien puede dividirse la deducción en un 50% y 50%.

• Cónyuge: la persona no debe tener prácticamente ingresos propios.

• Alquileres (inquilinos y propietarios): para los inquilinos rigen dos deducciones, que se declaran por separado. Una habilita a descontar del ingreso imponible el 40% de lo pagado; rige también un tope anual, que aplica el empleador al hacer el cálculo, y no se puede ser propietario de ningún inmueble. La otra deducción permite descontar el 10% del alquiler, sin tope y sin requisito en cuanto a no ser dueño; esta deducción del 10% es válida para propietarios de inmuebles alquilados para vivienda.

• Servicio doméstico: se deducen sueldos y contribuciones, con tope.

• Medicina prepaga: se declara lo abonado por planes que tengan como beneficiarios al empleado y a personas a su cargo. Hay un límite que aplica el empleador.

• Honorarios médicos: de la cifra facturada y no reintegrada, se deduce el 40%, hasta un tope que se aplica al hacerse la liquidación (se declara todo el gasto).

• Donaciones: deben ser para ciertas instituciones; el tope deducible es el 5% del sueldo neto anual y lo aplica el empleador.

• Seguros de vida o retiro

• Gastos para educación: abarcan cuotas de colegios y compras de útiles y herramientas para la educación de los hijos de hasta 24 años, si prácticamente no tienen ingresos propios.

• Intereses: deben ser de un préstamo para vivienda, pero es una deducción insignificante, porque el tope anual está congelado desde hace años en $20.000.

• Gastos para adquirir indumentaria y/o equipamiento: deben ser objetos de uso exclusivo en el lugar de trabajo y los debe haber pagado el empleado.

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