Las prepagas comunican aumentos para enero, que llegan hasta 3,9%: qué cambió este mes y qué hay detrás de lo anunciado ayer
Los incrementos, que no están atados a ninguna fórmula, deben ser comunicados según lo dispuesto por una normativa reciente; el Gobierno reflotó ayer un conflicto surgido por los incrementos de los primeros meses de este año
- 📅 Nuevas reglas: Desde diciembre, las prepagas deben notificar a sus afiliados sobre los aumentos de cuotas dentro de los cinco días siguientes a la difusión del IPC por el Indec.
- 🕒 Plazo de pago: Después de recibir la notificación, los afiliados tendrán al menos 30 días para pagar la nueva cuota.
- 📊 Transparencia de costos: Las prepagas deben detallar costos base, costos adicionales, ajustes por edad y factores de riesgo, y montos que reciben de obras sociales o PAMI.
- 📈 Aumentos previstos: Se esperan aumentos de cuotas que varían entre un 2,4% y un 3,9% para enero de 2024, de acuerdo con la inflación de noviembre.
- 📜 Libertad de precios: Después del DNU 70, no hay regulación que limite cómo las prepagas ajustan sus precios, lo que les da libertad para establecer aumentos.
- ⚖️ Investigación por cartelización: Siete empresas están siendo investigadas por posibles acuerdos para fijar precios, lo que podría llevar a multas.
- 📝 Acuerdo judicial: Las prepagas acordaron reintegrar un monto a los afiliados en doce cuotas, aunque los importes no reflejan la diferencia real en aumentos.
- 🔄 Desregulación a partir de julio: Desde julio, las prepagas tienen libertad total para fijar los incrementos sin seguir el índice de inflación.
Desde este mes rigen nuevas reglas que deben cumplir las prepagas a la hora de comunicar a sus afiliados los incrementos de las cuotas. Según estableció la resolución 2155, emitida en septiembre último por la Superintendencia de Servicios de Salud, la notificación debe emitirse dentro de los cinco días posteriores al de la difusión, por parte del Indec, de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al mes previo.
Y sigue estando vigente la disposición que indica que, a partir del aviso de cuál será la variación de la cuota, deben pasar al menos 30 días antes de la llegada del vencimiento para pagarla. De esta manera, las entidades están habilitadas desde ayer, jueves, a mandar los avisos, en tanto que los asociados a los planes de salud tendrán tiempo hasta mediados de enero para hacer el pago (el día exacto dependerá del momento en que haya sido emitido el mensaje).
La resolución reciente también dispone que las prepagas tienen que detallar el “costo base” del plan, los “costos adicionales por coberturas específicas”, los ajustes por edad o por factores de riesgo, los aportes y cápitas percibidos (montos que recibe la entidad de parte de obras sociales o del PAMI, que se descuentan de la cuota), y los impuestos y tasas incluidos en el importe.
Como el Indec dio a conocer el martes último la inflación de noviembre, que fue de 2,4%, ayer comenzó el envío de comunicaciones de subas para enero, que, según pudo conocer LA NACION, irán desde un porcentaje que replica o está cercano a ese índice de suba general de precios (aquí se ubicaría, según fuentes del mercado, empresas como Medifé o Swiss Medical) hasta, por ejemplo, el 3,9% ya informado a sus afiliados por el Hospital Italiano.
Más allá de la nueva disposición sobre cómo notificar las modificaciones de los precios –que ata el momento del envío a la difusión del índice de inflación–, lo cierto es que no existe ninguna normativa que obligue a las prepagas a reajustar sus precios según ese dato. Sí, en todo caso, es un valor de referencia. Y la medida parece tener de parte de los funcionarios la intención de lograr, tras los fuertes conflictos que hubo este año con el sector, que las entidades no se alejen demasiado del nivel de aumento que tienen, según la medición del Indec, los precios promedio de la economía.
De acuerdo con el marco normativo vigente, las entidades tienen hoy por hoy libertad para definir las subas de cuotas, porque las regulaciones antes existentes quedaron derogadas con el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70, emitido en diciembre del año pasado, durante los primeros días de la gestión presidencial de Javier Milei. Esa norma del Poder Ejecutivo, de hecho, dejó sin efecto todas las referidas a la intervención del Estado en la definición de los porcentajes de reajustes.
En función de esa desregulación, en el mismo último mes de 2023 las prepagas comenzaron a avisar que aumentarían sus precios en enero de este año, en muchos casos en un 40%. Eso provocó la presentación de un grupo de referentes de la Coalición Cívica ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, en la cual se basa la investigación por la cual se decidió, según anunció ayer el vocero presidencial, Manuel Adorni, imputar a siete empresas, a las que podrían corresponderles multas. La denuncia sobre presunta cartelización (acuerdo para fijar precios, vulnerando la libre competencia), en rigor, había sido luego ampliada a decenas de entidades más, pero la definición del Gobierno se limitó solo a las siete que estaban primariamente en el expediente.
En el medio, claro, corrió bastante agua bajo el puente. Para sintetizar: tras la reacción que tuvo el Gobierno por las consecuencias que su decisión de desregular había provocado (reacción motorizada por las repercusiones en redes sociales), las prepagas debieron corregir a la baja los aumentos que habían aplicado en los primeros meses del año y, durante un breve período, guiarse por la inflación para aplicar incrementos.
Además de abrir la investigación administrativa sobre supuesta cartelización, el Gobierno llevó el tema de las prepagas y sus cuotas a la Justicia, una instancia donde finalmente se firmó un acuerdo a fines de mayo. Ese pacto incluyó una cláusula por la cual las entidades se comprometieron a reintegrar un determinado monto en doce cuotas, haciendo descuentos que deben reflejarse durante estos meses en cada factura.
Ese devolución o compensación se hace según el resultado de una fórmula matemática elaborada por la Superintendencia del área y, en rigor, los montos no implican reconocer la diferencia entre lo que se cobró en los primeros meses del año y lo que se hubiera cobrado en el supuesto de que las cuotas se hubieran modificado según el índice de inflación, sino que los importes son bastante inferiores.
El acuerdo de partes, que recibió homologación judicial, también contempló la salida del esquema temporario de aumentos que debían seguir el índice general de precios. Por eso, desde julio rige la libertad para fijar los incrementos surgida del DNU 70.