Causa AMIA: procesaron a siete iraníes y un libanés y avanza el juicio en ausencia

El juez federal Daniel Rafecas también ordenó embargos por US$500 millones para cada uno de los acusados por el atentado de 1994.
- 🔎 El juez Daniel Rafecas procesó a siete ciudadanos iraníes y un libanés por su participación en la planificación y ejecución del atentado contra la AMIA, y fijó embargos de US$ 500 millones para cada imputado.
- 🗂️ La resolución, de más de 600 páginas, se dio en el marco del régimen de juicio en ausencia previsto por la ley 27.784, que permite continuar el proceso pese a que los imputados están prófugos en el exterior.
- 🧭 La investigación sostiene que la decisión de atacar fue tomada en agosto de 1993 por las altas autoridades del régimen iraní y que Hezbollah llevó a cabo la ejecución, con una red de apoyo en la Triple Frontera.
- 🧑⚖️ Procesados como autores mediatos: Ali Fallahijan (exministro de Inteligencia), Ali Velayati (exministro de Relaciones Exteriores), Mohsen Rezai (ex comandante de la Guardia Revolucionaria) y Ahmad Vahidi (comandaba la fuerza Al Quds).
- 👥 Cómplices necesarios: Hadi Soleimanpour (exembajador de Irán en Argentina), Mohsen Rabbani (consejero cultural de la Embajada iraní) y Ahmad Asghari (agente de inteligencia de la Guardia Revolucionaria).
- 🧑✈️ El octavo procesado es Salman Raouf Salman, conocido como Samuel El Reda, libanés y miembro de Hezbollah, a quien la Justicia atribuye la coordinación de la etapa final del atentado en Buenos Aires.
- 🚗 Según la reconstrucción, adquirieron una Renault Trafic el 10 de julio de 1994 y la acondicionaron con unos 300 kilos de amonal y TNT; el vehículo fue usado el 18 de julio para el atentado contra la AMIA.
- 💥 El atentado dejó 85 muertos y 151 heridos.
- ⚖️ Las conductas fueron encuadradas como homicidios y lesiones reiteradas, agravadas por odio racial o religioso y por el uso de un medio capaz de generar peligro, además de daño agravado por motivos discriminatorios; Rafecas también consideró que constituye un crimen de lesa humanidad y genocidio conforme al Derecho internacional.
- ⏳ Se declaró la falta de mérito para Abdallah Salman y Hussein Mouzannar; no resolvió la situación de Ali Khamenei, Imad Mughniyeh y Ali Hussein Abdallah, según la resolución, por haber fallecido en fechas indicadas (2026, 2008 y 2020 respectivamente).
- 🔄 La posibilidad de apelación por la defensa permanece; si la decisión queda firme, la fiscalía, las querellas y la defensa participarán como paso previo a un eventual juicio oral y público en ausencia.
- 🌐 En resumen, se avanza hacia un juicio en ausencia bajo un régimen especial, con cargos y penas considerables para los imputados.
- 🗞️ Fuente: NA (agencia de noticias).
El juez federal Daniel Rafecas procesó a siete ciudadanos iraníes y un libanés acusados de haber tenido distintos grados de participación en la planificación y ejecución del atentado contra la sede de la AMIA y dispuso embargos por US$500 millones para cada uno.
La medida quedó plasmada en una resolución de más de 600 páginas y fue adoptada en el marco del régimen de juicio en ausencia previsto por la ley 27.784, que permite continuar con el proceso pese a que los imputados permanecen prófugos en el exterior.
De acuerdo con la reconstrucción judicial, la decisión de llevar adelante el ataque fue tomada en agosto de 1993 por las máximas autoridades del régimen iraní, mientras que su ejecución fue encomendada a Hezbollah. La organización montó para ello una estructura de apoyo regional y local con base en la zona de la Triple Frontera.
Rafecas procesó como autores mediatos a Ali Fallahijan, por entonces ministro de Inteligencia de Irán; Ali Velayati, exministro de Relaciones Exteriores; Mohsen Rezai, entonces comandante de la Guardia Revolucionaria iraní, y Ahmad Vahidi, quien comandaba la fuerza Al Quds.
En tanto, fueron procesados como cómplices necesarios Hadi Soleimanpour, exembajador de Irán en la Argentina; Mohsen Rabbani, quien se desempeñaba como consejero cultural de la Embajada iraní, y Ahmad Asghari, señalado como agente de inteligencia de la Guardia Revolucionaria.
El octavo procesado es el libanés Salman Raouf Salman, también conocido como Samuel El Reda, miembro de Hezbollah a quien la Justicia atribuye la coordinación de la etapa final del atentado en Buenos Aires.
Según estableció la investigación, los responsables adquirieron una camioneta Renault Trafic el 10 de julio de 1994 y posteriormente la acondicionaron con unos 300 kilos de amonal y TNT. El vehículo fue utilizado el 18 de julio para cometer el atentado contra la mutual judía, que dejó 85 muertos y 151 heridos.
Las conductas fueron encuadradas como homicidios y lesiones reiteradas, agravadas por odio racial o religioso y por la utilización de un medio capaz de generar peligro común, además del delito de daño agravado por motivos discriminatorios.
Rafecas consideró, además, que el ataque constituye un crimen de lesa humanidad y lo encuadró bajo la figura de genocidio de acuerdo con el Derecho internacional.
El magistrado dispuso, por otra parte, la falta de mérito para Abdallah Salman y Hussein Mouzannar. Tampoco resolvió la situación procesal de Alí Khamenei, Imad Mughniyeh y Ali Hussein Abdallah, debido a que, según la resolución, fallecieron en 2026, 2008 y 2020, respectivamente.
El procesamiento todavía puede ser apelado por la defensa oficial. Si queda firme en las instancias superiores, el juzgado podrá dar intervención a la fiscalía, las querellas y la defensa como paso previo a la eventual elevación de la causa a juicio oral y público bajo el régimen de juicio en ausencia.
Con información de la agencia NA

