Milei lanzó un nuevo retiro voluntario masivo para empleados públicos: quiénes pueden cobrar hasta 25 sueldos

El Gobierno oficializó un nuevo régimen de retiro voluntario para empleados públicos nacionales. La inscripción será del 1° al 30 de noviembre y contempla tres grupos con diferentes compensaciones económicas. Quiénes pueden acceder y quiénes quedan excluidos.
- 🧭 El Gobierno oficializó un nuevo retiro voluntario para empleados públicos con compensaciones de hasta 25 sueldos brutos, según edad, antigüedad y situación previsional.
- 📅 La inscripción será del 1 al 30 de noviembre de 2026, con posibilidad de prórroga excepcional de hasta 30 días.
- 🗂️ A quién alcanza: personal de planta permanente comprendido en la Ley 25.164 y trabajadores contratados por tiempo indeterminado dentro de la Administración Pública Nacional centralizada.
- 🏛️ La implementación está a cargo de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, dependiente del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, con facultad para dictar disposiciones complementarias.
- 👩💼👨💼 Grupo 1: mujeres de 58 años o más y hombres de 63 años o más que no reúnen aportes para una jubilación ordinaria; dos opciones de compensación: (a) mantener aportes previsionales y de obra social; (b) que el monto no supere los meses que le faltan para jubilarse.
- 👩💼👨💼 Grupo 2: mujeres de 58–64 años y hombres de 63–64 años con al menos 30 años de aportes; compensación de 1 sueldo bruto por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses, con tope de 18 remuneraciones, más un pago extraordinario de 5 sueldos (total máximo 23 remuneraciones).
- 👩💼👨💼 Grupo 3: mujeres hasta 57 años y hombres hasta 62 años; gratificación de 1 sueldo bruto por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses, con máximo de 20 remuneraciones, más un incentivo adicional que puede llevar la compensación total a 25 sueldos.
- ⚠️ Exclusiones: no podrán sumarse quienes hayan sido procesados por delitos contra la Administración, salvo absolución firme; sumarios administrativos en trámite, procedimientos disciplinarios pendientes o reclamos laborales en curso; acciones relacionadas con la Ley de Riesgos del Trabajo quedan exceptuadas; y quienes ya estén en trámite jubilatorio u otras prestaciones también quedan fuera.
- 🗑️ Vacantes: las plazas se eliminarán en cuanto cese la relación laboral, no pueden permanecer disponibles en la estructura.
- 🛠️ Vigencia e alcance operativo: la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública dictará las disposiciones necesarias para aplicar el plan.
- 📜 Contexto legal: decreto 1203/2026, publicado el 19 de octubre, firmado por Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli y el ministro Federico Sturzenegger.
El Gobierno oficializó un nuevo retiro voluntario para empleados públicos, con compensaciones de hasta 25 sueldos brutos según la edad, la antigüedad y la situación previsional de cada trabajador. La inscripción se abrirá el 1° de noviembre y estará disponible durante todo el mes.
La medida fue dispuesta por el Gobierno de Javier Milei en el marco de su estrategia de reducción y reorganización del Estado. El nuevo esquema apunta a facilitar la salida voluntaria de agentes de la Administración Pública Nacional mediante distintos tipos de compensaciones económicas.
La iniciativa quedó formalizada a través del Decreto 1203/2026, publicado este lunes 19 de octubre en el BoletÃn Oficial y firmado por Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.
El perÃodo de inscripción estará habilitado desde el 1° hasta el 30 de noviembre de 2026, con posibilidad de una prórroga excepcional de hasta 30 dÃas corridos. El régimen alcanza al personal de planta permanente comprendido en la Ley 25.164 y a trabajadores contratados por tiempo indeterminado dentro de la Administración Pública Nacional centralizada.
El programa establece tres grupos de beneficiarios, cada uno con condiciones especÃficas para acceder a las compensaciones. El objetivo es promover la desvinculación voluntaria de trabajadores estatales mediante pagos extraordinarios o prestaciones mensuales, según corresponda.
Además, los organismos alcanzados deberán eliminar los cargos presupuestarios correspondientes a los empleados que adhieran al plan. La vacante desaparecerá desde el momento en que se produzca el cese de la relación laboral, por lo que no podrá mantenerse disponible en la estructura administrativa.
La implementación quedará en manos de la SecretarÃa de Transformación del Estado y Función Pública, dependiente del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, que tendrá facultades para dictar las disposiciones complementarias necesarias.
El primer grupo incluye a mujeres de 58 años o más y hombres de 63 años o más que aún no reúnan los aportes necesarios para acceder a una jubilación ordinaria. En este caso, podrán elegir entre dos alternativas de compensación.
En la primera opción, además, se mantendrán los aportes y contribuciones previsionales y de obra social previstos por el régimen. En la segunda, el monto no podrá superar la cantidad de meses que le resten al trabajador para cumplir con los requisitos de acceso jubilatorio.
El segundo grupo está integrado por mujeres de entre 58 y 64 años y hombres de entre 63 y 64 años que acrediten al menos 30 años de aportes. Para ellos, la compensación será de un sueldo bruto por cada año de antigüedad, o fracción superior a tres meses, con un tope de 18 remuneraciones.
A esa suma se agregará un pago extraordinario equivalente a cinco sueldos brutos, sin importar la antigüedad. De esta manera, quienes ingresen en este segmento podrán recibir una compensación total de hasta 23 remuneraciones.
El tercer grupo comprende a mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62 años. Para ellos, el decreto fija una gratificación equivalente a un sueldo bruto por cada año de antigüedad o fracción superior a tres meses, con un máximo de 20 remuneraciones.
Además, el esquema incorpora un incentivo económico adicional según la cantidad de años trabajados en la planta permanente de la Administración Pública Nacional.
AsÃ, la compensación máxima para este grupo podrá alcanzar 25 sueldos brutos, al sumar las remuneraciones por antigüedad y los salarios adicionales previstos en la norma.
El decreto también establece una serie de exclusiones para definir quiénes podrán sumarse al programa. Entre ellas figuran los empleados procesados por delitos contra la Administración Pública Nacional, salvo que obtengan una resolución judicial absolutoria firme y definitiva antes del cierre de la inscripción.
Tampoco podrán adherirse quienes tengan sumarios administrativos en trámite por hechos que puedan derivar en cesantÃa, exoneración o perjuicio fiscal, ni aquellos con procedimientos disciplinarios pendientes de ejecución que puedan constituir causales de desvinculación.
La restricción también alcanza a quienes hayan iniciado reclamos administrativos o acciones judiciales contra el Estado vinculados con su relación laboral, excepto que desistan expresamente y obtengan la homologación correspondiente. Quedan exceptuadas las acciones relacionadas con la Ley de Riesgos del Trabajo.
Por último, no podrán acceder quienes ya hayan iniciado trámites jubilatorios o de otras prestaciones previsionales, cumplan los requisitos legales para jubilarse, hayan presentado su renuncia y esperen su aceptación, o se encuentren en situación de disponibilidad durante la vigencia del régimen. En el caso de las mujeres que hayan optado por continuar trabajando hasta los 65 años, se aplicará la condición especÃfica prevista en la normativa previsional.


