Dólar tarjeta: cómo evitar los impuestos y cuál será el impacto fiscal

Desde este lunes se levantó el cepo y el oficial flotará entre $ 1.100 y $ 1.400, pero continúa el dólar tarjeta. El detalle de la cotización que se tomará para los consumos que se realizaron antes del viernes y la regla general para la "Fase 3".
- 💵 Levantamiento del cepo: La "Fase 3" del programa económico permite la flotación del dólar entre $1.100 y $1.400.
- 📅 Dólar tarjeta: Se mantiene la cotización anterior al cambio de régimen para consumos realizados antes del 11 de abril.
- 🚫 Eliminación de percepciones: Se suprime la percepción impositiva para la compra de moneda extranjera en Mercado Libre de Cambios, aunque se mantiene para turismo y pagos con tarjeta.
- ✈️ Consumos en el exterior: Se aplicará el dólar oficial más un 30% de percepciones para determinados contribuyentes.
- 🔄 Reglas bancarias no claras: Algunas entidades bancarias toman la cotización del día de pago entre el cierre y el vencimiento de la tarjeta.
- 📉 Avoid tax perception: Se puede evitar el 30% de percepción del impuesto mediante Stop Debit y pagos con dólares oficiales o MEP.
- 📜 Nueva resolución: La Resolución 5672/2025 regula el fin de percepciones por compra de dólar oficial para atesoramiento.
- 📊 Impacto fiscal: La eliminación de percepciones no tendría un gran impacto fiscal según expertos en la materia.
La "Fase 3" del programa económico, a pesar del levantamiento del cepo y la flotación del dólar entre bandas de $ 1.100 a $ 1.400 con desplazamiento mensual del 1%, implicó la continuidad del dólar tarjeta. La cotización que se tomará para los consumos anteriores al viernes y la regla general.
"Adicionalmente, en coordinación con el Banco Central de la República Argentina (BCRA), la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) eliminará la percepción impositiva existente a la adquisición de moneda extranjera en el Mercado Libre de Cambios (permaneciendo solamente sobre el turismo y los pagos de tarjetas de crédito)", destacaron en el sitio web.
Así, para los consumos del exterior la cotización que se aplicará será el dólar oficial (cotización que resulte de la flotación entre bandas) más un 30% de percepciones del impuesto a las Ganancias o sobre Bienes Personales -según el tipo de contribuyente-.
Pero la duda se generaba para aquellos consumos que se realizaron antes del pasado viernes 11 abril respecto a la cotización que se tomará: ¿La del momento -previo al cambio de régimen cambiario- o la del cierre de la tarjeta de crédito?
"Hay una normativa que establece que se toma el tipo de cambio del día anterior del cierre de la tarjeta de crédito", destacaron fuentes oficiales del BCRA a El Cronista. Por lo que para quienes realizaron consumos antes del viernes se tomará la cotización que surja de la flotación.
Una regla que no esta tan clara en entidades bancarias privadas donde ante la consulta reciente de este medio aseguraron que se tomará la cotización de la fecha de pago siempre que sea entre un día posterior al cierre y el de vencimiento.
En el marco de levantamiento del cepo, pero donde continúa el dólar tarjeta, en la entidad que conduce Santiago Bausili remarcaron la triangulación con la que los contribuyentes pueden evitar pagar la percepción del 30% del impuesto a las Ganancias o sobre los Bienes Personales.
"De todos modos, para los consumos con dólar tarjeta se puede hacer Stop Debit y pagar con dólares adquiridos al oficial o al MEP según convenga y evitar pagar la percepción del 30% del impuesto a las Ganancias o sobre los Bienes Personales", comentaron.
Por medio de la Resolución 5672/2025, que se publicó en la madrugada de este lunes en el Boletín Oficial, el organismo que conduce Juan Pazo reglamentó el fin de las percepciones para adquisición de moneda extranjera en el Mercado Libre de Cambios.
"Modificar la Resolución General N° 5.617 en la forma que se indica a continuación: 1. Sustituir el inciso a) del artículo 1°, por el siguiente: "a) Compra de billetes y divisas en moneda extranjera -incluidos cheques de viajero- efectuada por residentes en el país, para atesoramiento o sin un destino específico vinculado al pago de obligaciones, en los términos de la reglamentación vigente en el mercado de cambios.", establecieron en el artículo 1.
El fin de las percepciones por compra de dólar oficial para atesoramiento no tendría un impacto fiscal para el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez. "La información no era abierta, no se sabe cuántas personas podían comprar dólar oficial antes de este lunes, pero teóricamente era poca", sostuvo.