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Rechazan otra maniobra de Cristina y se allana el camino para la sentencia en la causa Vialidad

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La ex vicepresidenta insistía con apartar del caso al juez Gustavo Hornos, pero su pedido fue desestimado por inadmisible.Ahora el máximo tribunal penal se encamina a la lectura de la sentencia sobre la condena por administración fraudulenta que pesa contra la expresidenta.

La Sala IV de la Cámara de Casación rechazó este lunes un planteo de Cristina Kirchner con el que insistía para apartar del caso al juez Gustavo Hornos, a raíz de una denuncia por presuntos hechos de violencia de género formulada contra el camarista. De esta manera, el máximo tribunal penal se encamina hacia la lectura de la sentencia sobre la condena por administración fraudulenta en perjuicio del Estado que pesa sobre la ex presidenta.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña declaró inadmisible el recurso extraordinario que presentó la defensa de Cristina Fernández de Kirchner contra el rechazo de la recusación del juez Gustavo Hornos con motivo de la denuncia de violencia de género que tomó estado público.

De este modo, los camaristas se encuentran en condiciones de dictar sentencia en la causa "Vialidad", en la cual se condenó a la ex presidenta a la pena de 6 años de prisión por el delito de defraudación a la administración pública en el marco de obras públicas viales en la provincia de Santa Cruz. La sentencia se dará a conocer el 13 de noviembre próximo, fecha para la que se ha fijado audiencia.

Se trata de la causa que analizó las 51 licitaciones viales que la gestión kirchnerista adjudicó a Lázaro Báez. La sentencia sostuvo que los procesos de otorgamiento de obras fueron irregulares: direccionamiento, sobrecostos, certificaciones abonadas sin los avances de obra correspondientes, circuitos exclusivos de pago, entre otras irregularidades.

La Sala IV, presidida por el juez Gustavo Hornos, e integrada por sus pares Diego Barroetaveña y Mariano Borinsky, se encuentra revisando la acusación que fijó el perjuicio ocasionado en 80.000 millones de pesos, en parte porque el 50% de las obras adjudicadas y pagadas, el ex socio comercial de Cristina Kirchner, nunca las terminó.

A través de su abogado, Carlos Beraldi, la ex vicepresidenta presentó un recurso extraordinario con el que se oponía al criterio de la Sala IV que fue confirmar en la intervención de la causa al magistrado Gustavo Hornos, quien fue denunciado por su ex pareja en una causa por presuntos hechos de violencia de género.

En esta oportunidad, en la resolución a la que accedió Clarín, los camaristas consideraron que el recurso extraordinario de la ex vice, es “inadmisible” ya que no se está ante una “sentencia firme”.

El 6 de diciembre de 2022, Cristina Kirchner se convirtió en la primera vicepresidenta en ejercicio del poder con una condena por corrupción. El TOF 2 integrado por los jueces Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu la encontró responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado. El daño ocasionado se estimó en 80.000 millones de pesos.

Los fundamentos de aquella sentencia indicaban: “Tenemos la certeza de que, mediante la tramitación de 51 procesos de licitación pública para la construcción de obras viales sobre rutas nacionales y provinciales en Santa Cruz, entre los años 2003 y 2015, tuvo lugar una extraordinaria maniobra fraudulenta que perjudicó los intereses pecuniarios de la administración pública nacional”.

Las obras viales licitadas en suelo santacruceño fueron “sistemáticamente adjudicadas a un grupo de empresas vinculadas” a Báez, dijo el Tribunal y añadió que la conformación de su holding y el crecimiento económico del mismo, fue “exponencial” y el mismo se vio “directamente asociado con la asignación de obra pública vial en el ámbito de esa jurisdicción”.

En otros términos, los magistrados indicaron ex funcionarios de Vialidad nacional como la agencia provincial, “operaron al margen del interés público”, configurando, “detrás de una apariencia de licitud, una sincronizada y unívoca disposición del aparato estatal enderezado a la consumación del delito”.

Todos los fundamentos desarrollados por el Tribunal de juicio, en los que fundaron la sentencia condenatoria, fueron apelados por Cristina Kirchner, Lázaro Báez, José López, Nelson Periotti y el resto de los acusados. Por ese motivo, la Cámara de Casación revisará la sentencia a seis años de prisión por el delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado.

La primera de las opciones que tiene el máximo tribunal penal es hacer lugar al planteo de las defensas y anular la sentencia condenatoria por hechos de corrupción y pedir al Tribunal de juicio una nueva sentencia.

La Casación se encuentra estudiando, además de los pedidos de nulidad, un reclamo del Ministerio Público Fiscal, representado en esta instancia por Mario Villar, quien sostuvo los argumentos de los fiscales de juicio, Diego Luciani y Sergio Mola.

La fiscalía está convencida de que a lo largo del debate oral, se expusieron elementos suficientes para condenar a Cristina Kirchner, también, por el delito de asociación ilícita en carácter de jefa. Esto llevaría la pena de seis a doce años de prisión.

El tercer camino que la Casación puede adoptar es confirmar la sentencia tal cual fue dictada por el TOF 2 hace dos años.

Cualquiera de estas opciones no representa la palabra final sobre el caso. Según el código Procesal Penal una sentencia adquiere firmeza sólo cuando la Corte Suprema de Justicia se pronuncie sobre la misma.

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