La Fiscalía General pidió que se rechace el sobreseimiento de Tapia y Toviggino en la causa de los aportes de la AFA

Presentó un dictamen en el que señaló que la entidad estaba obligada a pagar los impuestos. "Que el Estado suspenda temporalmente los procedimientos para cobrar deudas fiscales no significa que la obligación de pagar haya desaparecido".
- 🧾 El fiscal general Gabriel Pérez Barberá pidió a la Cámara en lo Penal Económico que se rechacen los sobreseimientos de Tapia, Toviggino y otros dirigentes en la causa por la retención de 19.300 millones de pesos en impuestos y aportes.
- ⚖️ Las defensas argumentan que no hay delito porque existen resoluciones oficiales que, según ellas, prohíben ejecutar deudas fiscales de asociaciones civiles sin fines de lucro.
- ⏳ Pérez Barberá sostuvo que la suspensión de cobros no elimina la obligación de pagar ni el vencimiento de las deudas; la deuda sigue siendo exigible.
- 💸 Si la AFA retuvo dinero y no lo depositó en las fechas legales, eso no desaparece por una tregua administrativa; el dinero no llegó al Estado a tiempo.
- 🧾 La investigación abarca la retención de 19.300 millones entre marzo de 2024 y septiembre de 2025 por IVA, Ganancias y aportes patronales; imputados: Tapia, Toviggino, Gustavo Lorenzo, Cristian Malaspina y Víctor Blanco.
- 🧑⚖️ Los acusados reconocen haber pagado fuera de plazo, pero dicen que no estaban obligados a hacerlo por resoluciones de ARCA y del Ministerio de Economía que limitan la ejecución de deudas de ciertas entidades.
- 🧑⚖️ El juez Diego Amarante rechazó el planteo de sobreseimiento y la defensa llevó el caso a la Cámara.
- 🗂️ En la Cámara, el fiscal afirmó que las normas citadas por las defensas no prorrogan plazos ni eliminan la obligación de ingreso.
- 💼 El régimen tributario prevé consecuencias desde el vencimiento, como intereses; la suspensión de ejecuciones no elimina el deber de pago.
- ⏳ La defensa de Lorenzo obtuvo más tiempo para presentar su escrito y la Cámara fijó un nuevo plazo hasta la semana que viene.
- 🧑⚖️ Se espera resolución de Hornos y Robiglio; Amarante debe decidir si procesa, sobreey o dicta falta de mérito tras las indagatorias.
- 🧑💼 Tapia afirmó que, como presidente de la AFA, no tiene injerencia en el pago de impuestos y que su función es institucional y vinculada a FIFA/CONMEBOL.
El fiscal general de la Cámara en lo Penal Económico, Gabriel Pérez Barberá, pidió este miércoles que se rechacen los pedidos de sobreseimiento del presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio "Chiqui" Tapia, del tesorero, Pablo Toviggino, y del resto de los dirigentes acusados en la causa por la retención de 19.300 millones de pesos en impuestos y aportes.
Fuentes judiciales informaron a Clarín que el fiscal presentó un dictamen ante el Cámara en el que rechazó el argumento de las defensas por el cuál señalaron que no cometieron delito porque si bien no pagaron en plazo, hay vigentes resoluciones oficiales que señalan que las deudas fiscales no se pueden ejecutar.
"Que el Estado suspenda temporalmente los procedimientos para cobrar deudas fiscales no significa que la obligación de pagar haya desaparecido o que los plazos no hayan vencido, en especial teniendo en cuenta que tales vencimientos no fueron modificados por ninguna resolución", sostuvo Pérez Barberá en su dictamen.
Y agregó: "Si la AFA retuvo dinero que no le pertenece y no lo depositó en las fechas legales –que es lo que está bajo investigación–, entonces eso no ´desaparece´ por obra de una mera tregua administrativa: no si la deuda es exigible, si el plazo venció y si, como consecuencia de ello, el dinero en cuestión no llegó al Estado en el tiempo exigido por ley".
En la causa se investiga la retención indebida de 19.300 millones de pesos por parte de la AFA entre marzo de 2024 y septiembre de 2025 por IVA, ganancias y aportes patronales. Tapia, Toviggino, el gerente general de la AFA, Gustavo Lorenzo, y el actual y ex secretario general, Cristian Malaspina y Víctor Blanco, respectivamente fueron citados a indagatoria por el delito de apropiación indebida de tributos que tiene una pena de dos a seis años de prisión.
Los acusados no niegan que pagaron fuera de plazo. Sostiene que lo hicieron después de vencida la deuda pero que no estaban obligados a hacerlo porque hay resoluciones de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y del Ministerio de Economía de la Nación que establece que hasta mitad de año no se pueden ejecutar las deudas fiscales de las asociaciones civiles sin fines de lucro.
Así, la defensa de Tapia planteó que no hay delito porque si una deuda fiscal no se puede ejecutar tampoco se puede exigir su pago. A esa postura se sumaron las defensas del resto de los imputados y todos pidieron su sobreseimiento. El juez en lo Penal Económico Diego Amarante, a cargo de la causa, rechazó el planteo y los acusados insistieron ante la Cámara en lo Penal Económico.
Ante ese tribunal, el fiscal Pérez Barberá consideró que los pedidos de sobreseimiento se deben rechazar. En su dictamen, el fiscal señaló que la norma que citan las defensas "no dispuso prórroga alguna de los plazos de ingreso de las obligaciones tributarias ni alteró el deber jurídico de ingresarlas, sino que se limitó a regular el ejercicio de determinadas facultades administrativas del organismo recaudador".
Así, se suspende la ejecución de una deuda pero no se establece que no se pueda exigir su cobro. "El régimen tributario prevé que el incumplimiento del deber de pago produce consecuencias jurídicas desde el momento mismo del vencimiento de la obligación, entre ellas el devengamiento de intereses sobre el capital adeudado", agregó Pérez Barberá.
"La circunstancia de que el organismo recaudador haya suspendido temporalmente el inicio de las ejecuciones fiscales no elimina ni modifica el deber jurídico de ingreso que pesa sobre el agente de retención ni altera el elemento típico consistente en el vencimiento del plazo de ingreso", sostuvo en otro tramo de su dictamen.
Todas las partes debían presentar este miércoles sus argumentos. La única excepción fue la defensa de Lorenzo. Su abogado, Cristian Pérez, pidió más tiempo por temas de agenda laboral y la Cámara le dio un nuevo plazo hasta el miércoles de la semana que viene.
Luego, los jueces del tribunal, Roberto Hornos y Carolina Robiglio, quedarán en condiciones de resolver. Otra resolución que se espera es la del juez Amarante que debe decidir si procesa, sobresee o le dicta la falta de mérito a los acusados después de sus indagatorias que concluyeron la semana pasada. Todos presentaron escritos y se negaron a contestar preguntas.
Allí, Tapia sostuvo que como presidente de la AFA no tiene ninguna injerencia en el pago de los impuestos de la entidad y que el día a día de lo administrativo y financiero no forma parte de sus tareas.
"No tengo ni personal ni legalmente intervención decisoria en la materia tributaria que constituye el objeto de esta causa", sostuvo y señaló que su función como presidente de la AFA es "primordialmente institucional y esencialmente vinculada y orientada a las actividades que la AFA desarrolla por sí y en su calidad de miembro de FIFA y CONMEBOL".