Toda la Argentina en una sola página

Boca de urna en las elecciones en Buenos Aires 2025: qué se puede informar y qué no

Boca de urna en las elecciones en Buenos Aires 2025: qué se puede informar y qué no
politica

Estos relevamientos -realizados a la salida de los centros de votación- buscan anticipar cómo votó la ciudadanía, pero su publicación está estrictamente regulada.

AI
```html
  • 🗳️ **Elecciones en Buenos Aires**: Las elecciones legislativas 2025 generan un debate sobre los sondeos de boca de urna.
  • 📅 **Prohibición de difusión**: La CNE prohíbe publicar resultados de encuestas de boca de urna antes de las 21 horas.
  • 📊 **Datos permitidos**: Se puede informar sobre participación, normalidad del evento electoral y logística, pero no sobre resultados.
  • 💰 **Sanciones**: Infringir la prohibición puede conllevar multas de $10.000 a $100.000, además de inhabilitaciones.
  • 🔍 **Naturaleza de los sondeos**: Son encuestas rápidas a votantes, no resultados oficiales, y sirven para estimar tendencias.
  • 🏢 **Elaboración de sondeos**: Realizados por consultoras, universidades o equipos especializados, suelen ser solicitados por partidos y medios.
  • ⚠️ **Margen de error**: Tienen margen de error significativo y son solo orientativas hasta que se reciben los resultados oficiales.
```

En el marco de las elecciones legislativas 2025 en la provincia de Buenos Aires, vuelve a ponerse en debate un clásico de cada jornada electoral: la difusión de los sondeos de boca de urna. Estos relevamientos -realizados generalmente a la salida de los centros de votación- buscan anticipar cómo votó la ciudadanía, pero su publicación está estrictamente regulada por la legislación argentina.

Según establece la Cámara Nacional Electoral (CNE), está prohibido difundir resultados de encuestas de boca de urna, proyecciones o estimaciones de voto antes de las 21 horas, momento en el que la autoridad electoral autoriza la divulgación de datos oficiales provisorios. La restricción alcanza tanto a los medios de comunicación tradicionales como a las plataformas digitales y redes sociales.

Lo que sí está permitido es informar sobre la participación ciudadana, la normalidad del acto electoral y datos de logística, como la apertura de mesas, cantidad de electores habilitados o niveles de concurrencia a lo largo de la jornada. También pueden difundirse encuestas previas al día de la elección, siempre y cuando hayan sido publicadas hasta las 8 de la mañana del viernes anterior.

En caso de incumplir la veda, los responsables -ya sean periodistas, medios o consultoras- pueden enfrentar sanciones económicas que van desde los $10.000 a los $100.000, además de posibles inhabilitaciones.

De esta manera, mientras circulen especulaciones en las redes o datos parciales que no tienen respaldo oficial, la única información confiable hasta las 21 horas será la que brinde la Cámara Nacional Electoral.

Los sondeos de boca de urna son encuestas rápidas que se realizan a votantes a la salida de los colegios electorales, con el fin de estimar cómo se comportó el electorado. No constituyen resultados oficiales, sino una aproximación estadística que suele usarse para anticipar tendencias.

Generalmente, son elaborados por consultoras privadas, universidades o equipos de investigación especializados en opinión pública. Suelen ser encargados por partidos políticos, medios de comunicación y, en algunos casos, inversores interesados en medir el posible impacto electoral en los mercados.

Aunque su margen de error puede ser alto -por la negativa de algunos votantes a responder o por sesgos en la muestra-, funcionan como una herramienta orientativa para interpretar la jornada antes de la difusión de los cómputos oficiales.

916418

Suscribite a nuestro newsletter

Un resumen de las noticias más relevantes directo en tu email.